La rehabilitación es una herramienta clave para abordar desigualdades sociales y mejorar la calidad de vida de las personas. Debido a esto, desde el Consorci de l’Habitatge de Barcelona se impulsa una nueva convocatoria de Ayudas a la Rehabilitación acento especial en el interior de las viviendas, priorizando la habitabilidad y accesibilidad, además de continuar impulsando la rehabilitación de edificios de uso residencial, fomentando la accesibilidad, salud y ahorro energético.
El mantenimiento deficiente de las viviendas afecta negativamente la salud de los vecinos y vecinas, y contribuye al deterioro de los edificios, lo que provoca la pérdida de calidad del espacio público y, por tanto, de calidad de vida de la comunidad.
Es por esto, que el Consorci de l’Habitatge de Barcelona impulsa esta nueva convocatoria.
Puede encontrar toda la normativa que regula esta convocatoria en los siguientes enlaces:
¿Quién y dónde se pueden solicitar y tramitar las ayudas?
Pueden tramitar la solicitud el presidente de la comunidad de propietarios, el administrador o el propietario del edificio pueden tramitar la solicitud y las ayudas.
Con respecto a las rehabilitaciones de interiores de viviendas, puede solicitar las prestaciones el propietario o bien el arrendatario con la autorización del propietario. el presidente de la comunidad de propietarios, el administrador o el propietari del edificio.
¿Cuál es el plazo?
La solicitud de ayudas podrá realizarse del 24 de marzo al 31 de diciembre de 2017.
¿Qué condiciones hay que cumplir?
- Los edificios deben estar, en términos generales, destinados a la vivienda y edificados antes del año 1991, excepto en casos de obras de mejora de la accesibilidad y para actuaciones de eficiencia energética.
- Se debe disponer del acuerdo de la comunidad de propietarios en caso de obras en edificios.
- Las obras no se pueden empezar antes de recoger el informe técnico inicial, que se entrega después de haber formalizado la solicitud de inscripción.
- Aportar el comunicado de inicio de obras o la licencia de obras. Los trabajos tienen que empezar en un plazo máximo de tres meses desde la emisión del informe técnico inicial.
¿Cuáles son los programas y las subvenciones?
Las obras de rehabilitación que se pueden acoger a esta convocatoria son todas aquellas que afecten a las viviendas o los edificios, por ejemplo:
- Rehabilitación de interiores de viviendas
- Obras para lograr la habitabilidad.
- Obras de accesibilidad.
- Obras para la mejora del ahorro energético.
- Obras vinculadas a la eliminación de materiales nocivos para la salud o de aislamiento acústico de acuerdo con el mapa del ruido de Barcelona
- Rehabilitación con medidas de ahorro energético.
- Reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios actuando sobre todos los elementos del edificio o impulsando medidas activas de generación de energía.
- Actuaciones para poner aislamiento en todo el envolvente del edificio
- Instalación de agua caliente sanitaria mediante energía solar
- Puesta en marcha de placas solares obsoletas
- Agua directa sanitaria
- Centralización de instalaciones y sustitución de servicios de suministro por otros más eficientes
- Rehabilitación con medidas parciales de ahorro energético
Reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios, actuando sobre elementos parciales del edificio.
- Fachadas
- Cubiertas
- Paredes medianeras y patios de luces
- Azoteas verdes
- Accesibilidad: Instalación de ascensores, en edificios que no tengan
- Patologías estructurales: Obras para la reparación de patologías estructurales en edificios. Sin límite al importe de la subvención.
- Rehabilitación arquitectónica de elementos comunes
Las obras que no incorporen mejoras en la eficiencia energética del edificio podrán optar a una subvención del 25 % (máximo: 30.000 euros): escaleras y vestíbulos, patios de luces, instalaciones generales comunes como las redes: sanitaria (renovación de los bajantes), de agua corriente, eléctrica, de gas; el adecentamiento de antenas, aparatos de aire acondicionado, etc.
- Ayudas específicas: Para subvencionar los costes de redacción del informe de la inspección técnica de los edificios (IITE) de viviendas.
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