1.- OBJETO DE LA CAMPAÑA PROMOCIONAL.

ASCENSORES F. SALES,S.L. con domicilio social en Lleida, calle Alfred Perenya, 67, C.P. 25004 y C.I.F. B-25.302.183, organiza del 01/10/2016 al 20/12/2016, una campaña promocional como celebración de su “50 ANIVERSARIO”, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.

2.- DESTINATARIOS DE LA CAMPAÑA, CONTENIDO Y TEMPORAL DEL SORTEO.

2.1.- La campaña está destinada única y exclusivamente para los clientes de Ascensors F. Sales, S.L.

2.2.- La campaña incluye un sorteo con los siguientes premios:

       – Un VIAJE/CRUCERO para dos personas

       – TV 50” HD 4K

       – Tablet 10”

2.3.- El periodo de participación en la campaña promocional “50 ANIVERSARIO”, queda fijado del 01/10/2016 al 20/12/2016, ambos inclusive.

3.- FORMA DE PARTICIPACIÓN

3.1.- Participan en el sorteo aquellas personas físicas/jurídicas mayores de 18 años que sean clientes de Ascensors F.Sales, S.L. y que justifiquen su residencia en uno de los inmuebles donde Ascensors F. Sales,S.L. este prestando sus servicios como mantenedor del/los aparatos elevadores en el momento del sorteo y entrega del premio.

3.2.- Queda excluido de la participación en este sorteo, todo el personal de Ascensors F. Sales, S.L.

3.3.- Los números del sorteo se identificaran en un boleto/carta, que se repartirán entre los clientes de Ascensors F. Sales, S.L., única y exclusivamente a través de su depósito en los buzones de los propios clientes. En ningún caso estos boletos serán entregados a través de las diferentes oficinas de Ascensores Sales.

Ascensores Sales declina toda responsabilidad sobre los boletos perdidos o substraídos.

3.4 En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas físicas/jurídicas que no cumplieran con los requisitos del sorteo, estas perderán su derecho a obtener el premio.

4.- PREMIOS Y MECÁNICA DEL SORTEO

    1º PREMIO “ VIAJE/CRUCERO”, de 7 noches para dos personas por el Mediterráneo . Régimen pensión completa, en habitación con balcón exterior. No se incluyen los gastos extras no contemplados en el premio. 

     2º PREMIO “ TV 50 ” HD.

 

     3º PREMIO “ TABLET 10 ”.

El día 22/12/2016 en el sorteo de Navidad de la lotería nacional, se establecerán los ganadores de estos premios. Es decir, el portador del núm.que coincida con el primer premio, será el ganador del viaje, el portador del núm. del segundo premio, será el ganador del TV y el portador del núm. del tercer premio, será el ganador de la tablet.

Otras condiciones del premio: Plazas sujetas a disponibilidad. La solicitud y confirmación del viaje se realizará con 30 días naturales de antelación a la salida del vuelo/ crucero. Entonces se informará si el viaje queda confirmado o no, en cuyo caso se propondrán fechas alternativas lo más próximas que sea posible a la solicitud original. Período disponible para viajar: Salidas hasta JUNIO de 2017, excepto puentes especiales, Semana Santa, Navidades ni Fin de Año.

El premio será personal e intransferible, no canjeable por su valor en metálico.

Los premios caducan a los treinta días naturales a partir de la fecha del sorteo.

Para poder ser entregado el premio, será requisito indispensable que el ganador firme y entregue la correspondiente carta de aceptación del premio y la documentación personal necesaria para poder realizar el viaje, en el plazo de treinta días naturales computados a partir del día del sorteo.

En el supuesto, que el ganador no haya comunicado su aceptación a ASCENSORS F.SALES, S.L. mediante la firma de la carta de aceptación, en el plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que de forma automática renuncia al mismo.

Si en el plazo de treinta días, cualquiera de de los premios no es reclamado por su ganador, su valor en metálico será entregado a una asociación benéfica, perdiendo el premiado su condición de ganador.

Si es el caso, la asociación benéfica elegida y la entrega del premio, serán publicados en la página Web de Ascensores Sales.

5.- RESERVAS Y LIMITACIONES

5.1.- ASCENSORS F.SALES, S.L. queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios participantes que impidiera su identificación, así como del mal estado o manipulación de los boletos, donde no se identificara claramente el núm. premiado. También quedará eximido de toda responsabilidad en el supuesto de cualquier error de impresión en la numeración de los boletos (dado que este trabajo de impresión es una tarea ajena a Ascensores F.Sales, SL y será realizada por una empresa de impresión). En caso de existir algún tipo de duplicidad se procedería a realizar un sorteo ante notario con las personas que en el plazo de caducidad del premio lo hubieran reclamado.

5.2 .- La adjudicación del premio es personal e intransferible, no pudiendo ser canjeado por otro viaje ni por su contravalor en metálico.

5.3.- El derecho al cobro de los premios caduca a los treinta días, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo.

6.- DERECHOS DE IMAGEN

La aceptación del premio por parte de los ganadores, implica expresamente la autorización a ASCENSORS F.SALES, S.L., para utilizar y publicar su nombre y apellidos y otros datos, así como de su imagen, en cualquier publi-promocional relacionada con el sorteo en que ha resultado ganador sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno. En caso de negativa, perderá el derecho a disfrutar del premio.

7.- PROTECCIÓN DE DATOS

7.1.- Los datos de los participantes en el SORTEO se tratarán conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1899, de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal (en adelante “LOPD”) y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1899, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (en adelante “RDLOPD”).

7.2.- Estos datos se integrarán en un fichero automatizado que se halla inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos y cuyo responsable y titular es ASCENSORS F.SALES, S.L. , quien los tratará automáticamente (i) con la finalidad de gestionar el desarrollo del SORTEO y la entrega de premios objeto del SORTEO, comunicar el premio, gestión de clientes, relaciones comerciales.

7.3.- ASCENSORS F.SALES, S.L. establecerá las medidas de índole técnica y organizativas necesarias para garantizar la seguridad que deben reunir los ficheros automatizados, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y personas que intervengan en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal en la forma legal y reglamentariamente prevista.

7.4.- Los participantes podrán ejercitar en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición previstos en la LOPD. A tal efecto, deberán dirigir una solicitud por escrito a la siguiente dirección de email: [email protected] o de correo postal: ASCENSORS F.SALES, S.L. calle Alfred Perenya núm 67, 25004 Lleida, indicando la petición en que se concreta la solicitud.

7.5.- La indicación de los datos personales de los ganadores tendrá carácter obligatorio para la gestión del Premio. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho a los organizadores del presente SORTEO a descalificar al ganador y poder disponer del correspondiente premio.

7.6 .- Ascensors F. Sales,S.L. informa que no realiza comprobaciones sobre la veracidad de los datos, por lo que se atenderá, en cada caso, a los datos introducidos por participante, sean veraces o no, y no responderá de las consecuencias de dichas falsedades o inexactitudes.

8.- RÉGIMEN FISCAL.

8.1.- De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,    todos aquellos premios cuyo valor superen los 300.- euros, están sujetos a retención o ingreso a cuenta.

8.2.- Como consecuencia de lo anterior, Ascensors F. Sales, S.L: estará obligada a realizar la preceptiva retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta del Ganador.

8.3.- A tal efecto, el ganador deberá facilitar a Ascensors F. Sales, antes de la entrega del premio, todos los datos personales y fiscales que éste le solicite, así como fotocopia del DNI, con el fin de que Ascensors F. Sales, S.L. pueda llevar a cabo el ingreso de esta retención, en caso contrario, se entenderá que renuncia al premio.

8.4.- Todo lo anterior tiene como fundamento la normativa aplicable a la entrega de premios (artículo 101.7 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del IRPF, artículos 75.2.c, 75.3.f, 99.1 y 105.1 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de dicho Impuesto).

9.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

9.1.- La participación en el sorteo supone la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases.

9.2.- El incumplimiento de cualquiera de estas bases por parte del participante, determinará su inmediata descalificación.

9.3.- Las presentes bases estarán publicadas en la página Web de Ascensores Sales (www.ascensorssales.com).

9.4.- Ascensores F. Sales, S.L. se reserva el derecho a modificar las presentes bases a través de la página Web.

10.-LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

10.1.-Las presentes Bases del sorteo se rigen por la Legislación española.

10.2.- Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas Bases será resuelta por los Juzgados y Tribunales de Lleida, a la que se someten las partes, con renuncia a cualquier otro que les pudiera corresponder.