El sector de los ascensores se encuentra en una continua evolución, y no solo en aspectos tecnológicos, que permiten mejorar la seguridad y eficiencia en las instalaciones, sino también en la reglamentación que exigen las Administraciones competentes.
Este 2022 trae consigo cambios en la normativa que dejara atrás los ocho años de la reglamentación vigente, y lo hará con el objetivo principal de conseguir una mejor regulación en la interacción de los agentes que intervienen en el sector. Por tanto con su entrada en vigor, esta reforma repercutirá en mayor medida sobre las empresas de ascensores, los organismos de control y, como veremos a continuación, sobre los propietarios de las instalaciones.
Los propietarios de los ascensores, o titulares, se convierten en una figura definida en el reglamento. Ellos son los responsables de mantener el ascensor en buen estado y cumplir las disposiciones reglamentarias que les afecten:
• Tener un contrato de mantenimiento con una empresa conservadora habilitada
• Impedir el funcionamiento del ascensor cuando tenga conocimiento de que no reúne las debidas condiciones de seguridad
• Dar conocimiento inmediato a la empresa conservadora de los accidentes que ocasionen daños a las personas, animales, bienes o a la propia instalación
• Solicitar, en el plazo oportuno, la realización de las inspecciones periódicas
• Comunicar la corrección de los defectos en las actas de inspección con defectos graves
• Custodiar los certificados de las inspecciones periódicas
La nueva propuesta definirá y regulará la responsabilidad de los titulares de custodiar durante la vida útil de ascensor diversos documentos y registros administrativos como la Ficha técnica de la instalación, Declaración CE o UE de conformidad, Manual de funcionamiento, Registro de puesta en servicio emitido por la Administración, Registro de mantenimiento y aquellas relativas a las modificaciones importantes que se hayan realizado.
LA IMPORTANCIA DE LAS INSPECCIONES REGLAMENTARIAS
Durante años las empresas conservadoras han hecho campañas para concienciar de la importancia del mantenimiento y cumplimiento de la normativa a través de las inspecciones. Los titulares de los ascensores, entre sus obligaciones, deben contratar las inspecciones reglamentarias en el plazo que les ha sido indicado por la empresa conservadora, asi como, facilitar el acceso a los organismos de control para poder realizarla. La nueva reglamentación además exigirá que tengan a disposición del inspector el acta de la última inspección.
Las inspecciones reglamentarias se establecen por normativa cada 2, 4 o 6 años según corresponda al tipo de edificio donde esté ubicado el aparato, clasificando los defectos como leve, grave o muy grave. Un defecto muy grave conlleva dejar el ascensor fuera de servicio hasta que el defecto sea subsanado. Igualmente deberán pasar la inspección los ascensores de velocidad lenta, que suelen encontrarse en viviendas unifamiliares.
Todos los defectos detectados en la inspección periódica deben ser corregidos en los plazos que se indican en su certificado, para lo cual el titular deberá contratar su subsanación con una empresa conservadora, comunicando al Organismo de Control la justificación de la corrección de los defectos antes de la finalización de este plazo.
Una reforma que pone el foco en la responsabilidad del titular y de su interactuación en el mantenimiento y uso de sus ascensores, con el objetivo de concienciar a los propietarios de la importancia del cumplimiento de la normativa.
LOS ASCENSORES EXISTENTES SERÁN MÁS SEGUROS
Todos los ascensores son seguros incluso los más antiguos gracias a su mantenimiento, aunque es obvio que la tecnología actual ofrece más calidad y seguridad y por este motivo se pretende mejorar la normativa en los ascensores existentes acercándolos al nivel de los actuales.
Algunas de estas mejoras ayudarán a conseguir mejor accesibilidad y mejor eficiencia energética.
Unas directrices que se complementarán con otras medidas mínimas de seguridad en los ascensores ya existentes, como:
• Nivelación deficiente
• Protección del usuario contra el cierre de la puerta durante la entrada o salida de la cabina
• Protección del usuario contra los movimientos incontrolados de la cabina
• Comunicación bidireccional en la cabina
• Sustitución de las guías de cabina que son cilíndricas, de madera o de rail
• Dispositivos de control de carga
• Elementos de suspensión de los contrapesos
Información: Gremi Empresarial d’Ascensors de Catalunya.
Fuente: elperiodico.com